La determinación de la filiación vinculada a los efectos beneficiosos del Derecho de extranjería y del Derecho de la nacionalidad española puede dar lugar a las filiaciones en fraude de ley, llamadas también de complacencia. En el sistema jurídico español existen deficiencias o patologías producidas por distintas razones, como la política de facilitar los reconocimientos de paternidad, aun a sabiendas de que pueden ser no veraces, o cuando el principio de veracidad debe ceder por exigencias de seguridad jurídica (adopción, técnicas de reproducción asistida�) o, incluso, por protección de intereses más altos, como ocurre con los hijos incestuosos, donde es necesario una autorización del juez para establecer la paternidad de éstos. Estas excepciones al principio de verdad biológica en materia de filiación generan que existan supuestos donde se busque un beneficio en el sector de la Extranjería o de la Nacionalidad española y que en ocasiones son difíciles de detectar. Con este artículo se pretende poner en evidencia tales fraudes y cómo las autoridades españolas llegan a combatirlos.
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