La incoación de un procedimiento disciplinario contra directivos de un federación deportiva, y la divulgación de esa noticia, no vulneran los derechos fundamentales de esas personas. Esa colisión entre el derecho al honor y la libertad de información, en este caso, conlleva que debe primar el derecho a la libertad de información al tratarse de una noticia de interés público.
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