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Proceso de desahucio frente a los colectivos «ocupas»

  • Autores: Joaquim Martí Martí
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7442, 2010
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La jurisdicción penal no entiende como delito de usurpación de bien inmueble la «ocupación» por parte de colectivos de masías, edificios o inmuebles que no puedan considerarse en sentido estricto como «viviendas». Es por ello que debe acudirse a la vía civil como mecanismo liberatorio ante estas situaciones, y, dentro de la jurisdicción civil, es el juicio de desahucio por precario el que debe considerarse como competente.


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