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Resumen de Relaciones internacionales de familia y derecho de los extranjeros a vivir en familia

María Elena Zabalo Escudero

  • Este artículo trata de poner de relieve la interacción que se produce entre dos sectores del ordenamiento, ya de por sí estrechamente vinculados, el Derecho Internacional Privado y el Derecho de Extranjería, en la respuesta conjunta que ofrecen en la regulación del derecho de los extranjeros a vivir en familia. Con tal fin, los extranjeros residentes en España tienen reconocido por la LOEX el derecho de reagrupación familiar, mientras que los ciudadanos comunitarios gozan del derecho de libre circulación, que se extiende a los miembros de su familia, independientemente de su nacionalidad. Además de estos dos regímenes diferenciados, se analiza la actual situación de los familiares extranjeros de los españoles, objeto de una regulación específica introducida por el RD 240/2007. Para todos ellos el reconocimiento de su derecho depende de una relación jurídica previa, del vínculo familiar del que deriva su condición de miembro de la familia a estos efectos, y su validez obedecerá al derecho aplicable a dicha relación según las normas de Derecho Internacional Privado, puesto que se trata de relaciones de familia con elementos de extranjería. Las diferencias existentes entre los ordenamientos jurídicos sobre los modelos de familia, la concepción del matrimonio, los efectos de la adopción u otras instituciones de protección de menores e incapaces, así como sobre la organización familiar, se evidencian en particular en el ejercicio de este derecho y ponen de relieve la realidad multicultural de la sociedad actual.


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