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Resumen de El tratado de Prüm

Jacques Ziller

  • La comunicación presenta un análisis general del Tratado de Prüm relativo a «la profundización de la cooperación transfronteriza, en particular en materia de lucha contra el terrorismo, la delincuencia transfronteriza y la migración ilegal», firmado por Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Luxemburgo y Holanda el 27 de mayo de 2005, y que ha entrado en vigor el 1 de noviembre de 2006. Aunque su objeto encaja claramente en el ámbito de la cooperación policial en el espacio de libertad, seguridad y justicia de los Tratados de la Unión y de la Comunidad Europea, el Tratado no ha sido adoptado utilizando los mecanismos de la cooperación reforzada. Representa un progreso en el ámbito de la cooperación policial entre los Estados signatarios. Sin embargo también representa un retroceso respecto a las disposiciones ¿con todo insuficientes- que se aplican para la adopción de medidas similares en el marco de los Tratados comunitarios y de la Unión, porque ha sido adoptado en un proceso a puerta cerrada. Esto se refleja en un cierto número de disposiciones que pueden ser consideradas como desafortunadas o ambiguas. En enero de 2007, el ministro federal alemán de interior ha propuesto que el Tratado de Prüm sea integrado en el marco jurídico de la Unión Europea, lo que refuerza el interés de una valoración del Tratado.


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