El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han considerado como imprescindible que se mantenga una libre circulación de alimentos seguros y saludables por todo el territorio de la U E, sin crear condiciones desiguales de competencia que puedan afectar directamente al funcionamiento del mercado interior.
En consecuencia, es necesario armonizar procedimientos aplicables a los alimentos y piensos, para ello las instituciones europeas anteriormente citadas, han promulgado el Reglamento (CE) nº 178/2002 de 28 de enero (DOCE-L-31 1 de febrero de 2002) por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan los procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
La ponencia se compone de dos partes, la primera se refiere a la ¿Trazabilidad Obligatoria en el sector agroalimentario¿, referente a los alimentos de origen vegetal, y la segunda a las ¿Exigencias de trazabilidad de productos vegetales destinados a terceros países¿.
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