junto con los parámetros tecnológicos y la normativa técnica, cualquier Plan de Contingencia ha de tener en consideración los requerimientos legales o reglamentarios aplicables. En este artículo se analizan algunos de estos requerimientos, concretados en las obligaciones que dos leyes españolas y sus reglamentos establecen a los operadores españoles: la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (adaptación a Derecho español de las Directivas 2000/31/CE, 98/27/CE, 2002/ 58/CE) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (adaptación a su vez de la Directiva 95/46/CE).
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