Los hechos imponibles que se producen en los procesos de fusión son susceptibles de ser sometidos a gravamen por los siguientes impuestos: Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana. En este trabajo se describe de forma concisa la incidencia que tienen en los procesos de fusión cada uno de los impuestos anteriormente citados, con especial incidencia, en el Impuesto sobre Sociedades
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