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El derecho de autodeterminación informativa como derecho de la personalidad o derecho fundamental

  • Autores: Francisco Millán Salas, Juan Carlos Peralta Ortega
  • Localización: Cuadernos de estudios empresariales, ISSN 1131-6985, Nº 5, 1995, págs. 203-222
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El grado actual de desarrollo de las tecnologías informáticas de almacenamiento de datos e intercambio de los mismos es muy notable. Es por ello que todos los sistemas jurídicos que se inspiran como principios básicos en la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad reconocen hoy el derecho de los individuos a la autodeterminación informativa, al control de los propios datos personales, para evitar que puedan ser utilizados, a través de estas nuevas tecnologías, en perjuicio de aquellos a quienes conciernen.

      A la vista de su regulación en nuestro Ordenamiento este derecho puede ser calificado de auténtico derecho autónomo, distinto del derecho a la intimidad, que sólo protege la faceta más reservada del individuo, y del derecho general a la dignidad, aunque unido a ellos por un vínculo muy estrecho. Es además un verdadero derecho de la personalidad, pues pretende en última instancia garantizar al ser humano el respeto de su propia entidad; e incluso merece el calificativo de derecho fundamental a la vista de su especial protección.


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