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Resumen de El control de la omisión de desarrollo legislativo frente a los derechos sociales: el caso colombiano

Ramiro de Jesús Pazos Guerrero

  • En el Estado constitucional contemporáneo es consustancial el carácter democrático y social, y de allí la importancia iusfundamental que adquieren, en especial, los derechos sociales. En esta dirección, uno de los grandes desafíos a enfrentar es cómo garantizar que las diversas formulaciones de derechos vinculen a todos los poderes públicos y adquieran eficacia real. En relación con el legislador, la discusión se centra en dilucidar sobre cuáles son los alcances y límites del principio democrático, sin que se vulnere el principio de supremacía constitucional, para la realización de los derechos. La superación de esta tensión reside en el reconocimiento de un núcleo esencial de los derechos que a su vez puede generar posiciones subjetivas, definitivas y vinculantes frente al poder público, y una esfera externa que responde a una necesidad técnica de desarrollo legislativo. El problema se presenta cuando la falta de desarrollo legislativo aplaza indefinidamente la concreción y eficacia plena de los derechos. Si bien el control político democrático ha sido la respuesta natural, ante su inoperancia, es preciso construir y fortalecer garantías complementarias de naturaleza jurídica, toda vez que se trata del incumplimiento de claros mandatos de legislar cuya fuente puede provenir tanto del orden constitucional como del derecho internacional. La respuesta a esta problemática se funda en el reconocimiento de dos grandes dimensiones de control judicial: un control abstracto y preventivo de las omisiones absolutas y relativas en cabeza de la justicia constitucional y, otro, de carácter reparador frente a posibles daños antijurídicos particulares y concretos, ejercido por la justicia contencioso administrativa


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