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Clonación humana: aspectos bioéticos y legales

  • Autores: Paloma Huguet Santos
  • Directores de la Tesis: Juan Ramón Lacadena Calero (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Complutense de Madrid ( España ) en 2004
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Benjamín Fernández Ruiz (presid.), José Miguel Serrano Ruiz-Calderón (secret.), Nicolás Jouve de la Barreda (voc.), Javier Sádaba Garay (voc.), Carlos Alonso Bedate (voc.)
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  • Resumen
    • En nuestros días, la clonación es un tema que suscita un gran rechazo social por el hecho de poder aplicar las prácticas de clonación en la especie humana teniendo en cuenta las posibles consecuencias que ello podría acarrear. La clonación es la formación de un grupo de individuos con el mismo genotipo mediante multiplicación asexual.Cabe destacar que al hablar de clonación existen dos técnicas de clonación: la gemelación artificial y la transferencia de núcleos. En la gemelación artificial se produce la división de un embrión en dos o más partes en los primeros estadios del desarrollo embrionario. La transferencia nuclear de células somáticas consiste en la introducción de un núcleo extraído de una célula al citoplasma de un ovocito ( o, en ocasiones de un cigoto) que ha sido previamente enucleado. Dichos núcleos pueden provenir de células embrionarias o fetales o de células de individuos ya nacidos. Con respecto a la clonación en humanos hay que diferenciar la clonación reproductiva y la no reproductiva (con fines terapéuticos). La posibilidad de generar embriones clónicos mediante transferencia nuclear a partir de células somáticas provoca diferentes reacciones desde el punto de vista científico y moral. A través de la técnica de clonación por transferencia nuclear se pueden utilizar células troncales para realizar transferencias autólogas (clonación terapéutica). Por su parte, la clonación reproductiva en seres humanos resulta ser una práctica éticamente inaceptable ya que los individuos clónicos son medios para un determinado fin. La identidad única del ser clónico queda violada. Por último, es interesante resaltar que existen declaraciones y convenios internacionales que tratan de responder de forma efectiva en torno a la condena y prohibición de la clonación en seres humanos. Sin embargo, dichos textos no llegan a tener una fuerza legal suficiente ante la prohibición de la clonación a nivel mundial.


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