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Resumen de La Unión Europea y la inmigración irregular en el contexto del derecho internacional

Gerardo Andrés Moreno

  • RESUMEN La tesis trata de cómo el Derecho internacional público regula el fenómeno de la inmigración irregular y como ese modelo es asumido por la Unión Europea. En el terreno de la percepcion del fenómeno la inmigración irregular se entiende dentro de la UE producto de los diferentes factores internacionales de empuje y atracción, es un fenómeno evitable y al mismo tiempo responsabilidad de las mafias. En lo que respecta la autopercepción la UE, que se tiene a sí misma como una Organización internacional avanzada y respetuosa con los derechos humanos, considera que tiene la obligación de abordar el fenómeno con responsabilidad y con el debido respeto a los derechos de los inmigrantes y al Derecho internacional. El Derecho internacional trata de la inmigración irregular en dos ámbitos. El primero de ellos está referido a la libertad de movimiento de las personas. Pese a que el Derecho internacional, desde sus principios que lo sustentan, parece reconocer un cierto derecho al libre movimiento reconoce a los Estados el derecho a gestionar su inmigración. El segundo ámbito son los derechos humanos de los inmigrantes irregulares, en este ámbito las Naciones Unidas y la Convención de 1990 para la protección de todos los trabajadores migrantes han elevado el estándar de protección. Desde este contexto la UE, durante la década de los 90, ha desarrollado un discurso generoso y abierto con la inmigración, e incluso con la inmigración irregular, que se traduce en referencias genéricas a la libertad de movimiento de todas las personas y a la insistencia en los derechos de los inmigrantes, tanto los generados en el marco del Derecho internacional como el marco del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Este discurso se reduce al deber ser, a lo que deberían ser la legislación y las políticas de la UE. Sin embargo en el terreno práctico el discurso ha tenido poca repercusión. Sólo puede notarse su influencia a la hora de frenar ciertas propuestas consideradas demasiado duras con las inmigración en el terreno interior y no siempre. El discurso de los derechos humanos y la libertad de movimiento de todas las personas ha tenido mucho menos impacto en la legislación de fronteras y sobre todo en la acción exterior donde en la práctica la UE está generando a través de sus ayudas un sistema de Estados tapón que deberían frenar la llegada de inmigrantes irregulares. Vista la situación es lógico plantearse que el régimen migratorio europeo respecto a la inmigración irregular aún no está concluido y tiene varios posibles futuros. En primer lugar los intentos de la Comisión por establecer unas políticas migratorias más abiertas que permitan la inmigración laboral pueden tener éxito total o parcialmente y acabar reduciendo los nacionales de terceros países en situación irregular. En ese caso, en un escenario con un menor número de inmigrantes irregulares, la Unión Europea podría plantearse el reconocimiento de unos derechos mínimos probablemente basándose en la Carta de Derechos Fundamentales. Otro posible escenario es el del fracaso de la Comisión en regular inmigración laboral, bien por desacuerdos en el Consejo, porque la situación internacional respecto al terrorismo empeore o una crisis económica. En ese caso las medidas adoptadas para la prevención de la inmigración irregular en el exterior, el aumento de capacidades en las fronteras y los múltiples sistemas de identificación de inmigrantes irregulares propugnados desde el Consejo serían instrumentos extremadamente efectivos para unos gobiernos europeos que quisieran reducir la inmigración irregular drásticamente, el término entonces de Fortaleza Europa tendría más sentido que nunca. __________________________________________________________________________________________________


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