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Los reportajes de investigación con cámara oculta y sus repercusiones en los derechos fundamentales

  • Autores: Fernando Gómez Sáez
  • Directores de la Tesis: Lucrecio Rebollo Delgado (dir. tes.)
  • Lectura: En la UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia ( España ) en 2014
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Yolanda Gómez Sánchez (presid.), María Victoria García-Atance García de Mora (secret.), Mónica Arenas Ramiro (voc.), Mercedes Galán Juárez (voc.), Florentina Navas Castillo (voc.)
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  • Resumen
    • La tesis doctoral tiene tres elementos diferentes de estudio, que se analizan de .forma separada y también en sus interrelaciones: los reportajes, de investigación;_ determinados derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de 1978, como la libertad de expresión, el derecho a la información y los derechos d~ la personalidad, como el derecho al honor,a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen; así como las cámaras e instrumentos de gr~bación ocultos. La estructura _de la tesis es la siguiente: -Tfas lá introducción, en el Capítulo 1 se sitúan los derechos furtdamentáles junto a los dei'echos humanos y los derechos naturales. Y se analizan los derechos' del articulo 18 de la' ~onstitución, así como los. incluidos en los artículos 20.1 a) y d). · · -El Capítulo 11 presenta una naturaleza periodística. Se ubica el repOrtaje en la teoría de los diferentes géneros informativos. En concreto, se profundiza .en aquellos que son de investigación y sus principales características. Los autores de los reportajes son los periodistas. Se trata de una profesión con una naturaleza jurídica compl~ja, a pesar de que la Constitución de 1978 pensó para ella dos derechos fundamentales: 1a cláusula de concienciay el secreto -profesional, reconocidos a'Qlbos también en.el artículo 20.1 d). , -El elemento diferendador, las cámaras y los instru~entos de grabación ocultos; se analiza en -el Capítulo III. Se trata de unos utensilios que recogen imágenes y sonidos de forma precisa, son pequeños Y baratos. Repasamos también aquí' algunos casos destacados por su notoriedad o interés para la tesis doctoral, así como la primera Sentencía del Tribunal Constitucional sobre la materia:Ja STC 12/2012, de''30 de enerO. -En el Capítulo IV nos centramos en la trascendencia de mecanismos deontológicos y db autorreguladón para los periodistas. Se eStudian figuras como la del defensor· de la ~udiencia (con sus diferentes denominaciones, según la naturaleza del medio de comunicación), se recurre a la filoso~a jurídica con aportaciones que continúan teniendo vigencia _en nuestroS días. También se analizan _las directrices del medio de masas público audiovisual de mayor prestigio: las de la BBC del Reino Unido. -El Capítulo V tiene un carácter jurídico procesal. Después de contextualizar ia prueba, estudiar los diferentes tipos de prueba y profundizar en las consecuencias derivadas de su admisión 'y práctica con carácter genéricÓ, se analiza el Valor probatorio en sede judicial de las infonna~iones registradas con cámara oculta y el diferente recorrido judicial de cada uno de los recursos que puedan plantearse. Para desarrollar la tesis se han utilizado como fuentes los· pronunciamientos judiciales, la actualidad informativa, webgrafia, publicaciones universitarias y del sector periodístico, así como todo tipo de foros y seminarios de juristas y periodistas. En la tesis se demuestra que en los casos de Colisión entre los derechos fundamentales informativos y los de la personalidad, el recurso· a la jurisprudencia y a las normass periodísticas puede resultar insuficiente para los periodistas. Estos profesionales van a necesitár en muc~as Ocasiones tener en cuenta la ética y los principios deontológicos a la hora de poner en práctica el mandato que la sociedad ha depositado en ellos y que queda reforzado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional al entender que contribuyen a la formación de una opinión pública libre pará. que la ciudadanía pueda participar en las decisiones que le incumben. Junto a estos principios éticos, es precisa una mayor legislación. De una parte, sobre el derecho al secreto profesional de los periodistas (no se ha cumplido el mandato constitucional de desarrollarlo mediante una ley orgánica) y, de otra, sobre el mismo concepto de periodista, que requiere de una regulación acerca de los requisitos para ejercer la profesión, entre los que no debe faltar la titulación universitaria específica.


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