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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA ESPAÑOLA ANTE EL RETO DEL TELETRABAJO

  • Autores: Fermín Gallego Moya
  • Localización: Revista de Derecho, ISSN 1608-1714, Vol. 22, Vol 1, 2021 (Ejemplar dedicado a: Revista de Derecho), págs. 163-217
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Es misión del Convenio Colectivo adaptar el ordenamiento jurídico a la siempre cambiante realidad sociolaboral, algo que no siempre se acomete de manera acompasada. El reto de actualización que el instrumento convencional como fuente normativa se impone, es complicado, más aún si en el complejo equilibrio negocial irrumpen, sin previo aviso, construcciones jurídicas apenas esbozadas que precisan de una rápida reglamentación. En este último año, es evidente, el teletrabajo ha sido uno de esos cambios, inesperado por su precipitación, que se ha convertido en la estrella del debate iuslaboralista global. Estudios, comentarios, noticias y análisis se han ocupado del mismo desde todos los puntos de vista, tanto en ámbitos especializados cuanto en medios de comunicación generales. En buena lógica, también le han prestado atención los diversos poderes normativos y los agentes sociales, habiéndose asignado a estos últimos un papel muy relevante en la concreción de una normativa tan novedosa como necesaria. En España, el Real Decreto Ley 28/2020 y la posterior Ley 10/2021 de trabajo a distancia han apostado de manera decidida por la intervención convencional sectorial en el desarrollo de un debutante y escueto marco legal, siendo objeto del presente trabajo al análisis de dicha delegación y, en consecuencia, la comprobación del grado de asunción de este nuevo reto por parte de los negociadores colectivos. Del nivel de compromiso de estos últimos dependerá, en gran medida, la implantación exitosa de esta modalidad de prestación laboral.

    • English

      It is the Collective Agreement’s mission to adapt the legal system to the ever-changing socio-labour reality, something which is not undertaken in a timely manner. The challenge of updating the conventional instrument as a normative source is a complicated one, especially if barely sketched legal constructions that require rapid regulation burst into the complex negotiating equilibrium without warning. In the last year, it is quite clear that working from home has been one of those changes, unexpected in its rapidity, it has become the star of the global labour law debate. Studies, commentaries, news and analyses have dealt with it from all points of view, both in specialised areas and in the general media. Logically, the various regulatory authorities and the social partners have also paid close attention to it, and the latter have been assigned a very important role in the implementation of a regulation that is as new as it is necessary. In Spain, Royal Decree Law 28/2020 and the subsequent Law 10/2021 on remote working have made a firm commitment to sectoral intervention in the development of a new and brief legal framework, and the purpose of this paper is to analyse this delegation and, consequently, to verify the degree to which collective bargainers have taken up this new challenge. The successful implementation of this form of work provision will depend to a large extent on the level of commitment of the latter.


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