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El necesario cambio en la jurisprudencia constitucional sobre video vigilancia y control de mensajería electrónica de los trabajadores a la vista de la doctrina del TEDH

    1. [1] Universidade de Vigo

      Universidade de Vigo

      Vigo, España

  • Localización: Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 141, 2018, págs. 13-36
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La privacidad ha evolucionado como un asunto principal en las relaciones laborales. La videovigilancia y el control de los correos electrónicos de los trabajadores pueden ser medidas justificadas de la empresa para asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes por parte de los empleados. Sin embargo, afectan a algunos derechos fundamentales como la vida privada, la intimidad y el secreto de las comunicaciones. El crecimiento y la difusión de las TIC han producido un aumento sostenido de los casos en los que los trabajadores se han opuesto al control de su actividad en el lugar de trabajo por parte del empleador. En consecuencia, se ha producido una interesante jurisprudencia, en paralelo, por parte del Tribunal Constitucional español y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En los últimos meses, algunas sentencias de este último ponen en cuestión doctrinas importantes elaboradas por aquél. De hecho, el Tribunal Constitucional español ha entendido de forma muy estrecha el contenido de los derechos fundamentales antes mencionados y ha reconocido a las empresas un amplio campo para controlar la actividad de sus trabajadores a través de las TIC. En esa encrucijada, este artículo trata de comparar ambos cuerpos de jurisprudencia, con el objetivo de discutir la necesidad de cambiar la orientación de las sentencias del Tribunal Constitucional.

    • English

      Privacy has been evolved as a main issue in the employment relationships. Video surveillance and checking the workers’ emails may be justified measures developed by the company to ascertain the right accomplishment of their duties by employees. However they affect some fundamental rights like private life, intimacy and secret of communications. The growing up and dissemination of ICT has produced a sustained increase of cases where workers have opossed to the monitoring of their activity in the workplace made by the employer. Therefore an interesting case-law has been build, in parallell, by the Spanish Constitutional Court and by the European Court of Human Rights. Last months some judgments made by the later put in question important rulings made by the former. Indeed, the Spanish Constitutional Court has understood in a very narrow way the content of the aforementioned fundamental rights and has recognized to companies a wide field to chech the activity of their workers through ICTs. In that crossroad, this article tries to compare both bodies of case law with the aim of discussing the necessity of changing the orientation of Constitutional Court’s rulings.


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