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La Unión Europea, Cataluña y Escocia: (Cuestiones jurídicas sobre las recientes tendencias secesionistas en los Estados Miembros de la UE)

  • Autores: Jean Claude Piris
  • Localización: Teoría y realidad constitucional, ISSN 1139-5583, Nº 37, 2016 (Ejemplar dedicado a: La cuestión catalana), págs. 101-134
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The European Union, Catalonia and Scotland: Legal aspects of recent regional secessionist trends in EU Member States
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Este estudio surge de los acontecimientos producidos en 2014 y 2015 en Escocia (referéndum sobre la independencia) y en Cataluña («consulta informal» y elecciones autonómicas). En ambos casos, los movimientos secesionistas deseaban que un nuevo Estado nacido de la secesión llegara a ser (según ellos, «siguiera siendo») parte de la UE. Esta convicción les fortalece, ya que la UE es vista como un «refugio seguro», que permite la independencia sin la amenaza de quedar aislado.

      Los Tratados de la UE ni prevén ni prohiben la división de un Estado miembro. No obstante, para llegar a ser parte de la UE, la región secesionista debería primero ser reconocida como Estado por la comunidad internacional, y específicamente por los 28 Estados miembros de la UE (incluyendo España y el Reino Unido).

      Esto sería legalmente posible si el nuevo Estado naciera respetando completamente el Estado de Derecho, pero en cambio excluiría un «Estado» que hubiera declarado unilateralmente su independencia violando la Constitución nacional.

      Así, un nuevo Estado reconocido podría ser candidato a incorporarse a la UE. El autor muestra que debería seguirse el procedimiento del artículo 49 del Tratado de la UE y no el del artículo 48 (enmiendas a los Tratados). Tomando Escocia como ejemplo, el autor describe los pasos legales necesarios que deben darse después de la secesión. Señala que la división de un Estado de la UE ya no debería verse como un asunto estrictamente nacional; dadas sus consecuencias sobre la UE en conjunto y sobre otros Estados miembros, es un asunto que no puede ser ignorado por la UE.

    • English

      This study starts from the 2014-2015 events in Scotland (referendum on independence) and in Catalonia («informal consultation» and regional elections). Secessionists movements in both cases wished that a new State born from the secession would become (according to them «continues to be») part of the EU. That conviction strengthens them, as the EU is seen as a «safe haven», allowing independence without the threat of being isolated.

      The EU Treaties neither provide for, nor prohibit the partition of a Member State. However, in order to become part of the EU, the secessionist region should first be recognized as a State by the international community, and specifically by the 28 EU Member States (including Spain and the UK). This would be legally possible if the new State was born in full respect of the Rule of Law, but would exclude a «State» having unilaterally declared its independence in violation of the national Constitution.

      Then, a new State recognised could be a candidate to the EU. The author shows that the procedure of article 49 of the Treaty on EU woud have to be followed (accession of a new State) and not that of article 48 (amendments to the Treaties). Taking Scotland as an example, the author describes the necessary legal steps to be accomplished after the secession. He stresses that the partition of an EU State should not anymore being regarded as a strictly national matter. Given its consequences on the EU as a whole and on other Member States, it is a matter that cannot be ignored by the EU.


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