Podría causar inquietud el enunciado del título de esta lección, trasladándonos a regiones del pensamiento proclives a crear estados de ánimo de signo aciago, cataclísmico y caótico. Nada de eso hay detrás de dicho título. Porque, pese a que ponderar al alcance de lo que expresa pudiera originariamente inducir al abatimiento sobre el actual estado del cultivo y apreciación del derecho en su experiencia jurisdiccional, quiero asegurar que nada de esto guía mi propósito.
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