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Resumen de Comentarios a la reforma del Código Penal de 2015

José Luis González Cussac (dir.), Ángela Matallín Evangelio (coord.), Elena Górriz Royo (coord.), Miguel Abel Souto, Alberto Alonso Rimo, Emiliano Borja Jiménez, Santiago B. Brage Cendán, José Ángel Brandariz García, Salvador Camarena Grau, Adoración Cano Cuenca, Juan Carlos Carbonell Mateu, María Castro Corredoira, Vicenta Cervelló Donderis, María Asunción Colás Turégano, María Luisa Cuerda Arnau, César Chaves Pedrón, Patricia Faraldo-Cabana, Antonio Fernández Hernández, Daniel Ferrandis Ciprián, Antoni Gili Pascual, Tàlia González Collantes, Javier Guardiola García, Gumersindo Guinarte Cabada, Cristina Guisasola Lerma, Agustina Iglesias Skulj, Antoni Llabrés Fuster, Carlos Martínez-Buján Pérez, Lucía Martínez Garay, Javier Mira Benavent, José Manuel Ortega Lorente, Enrique Orts Berenguer, Natalia Pérez Rivas, Luz María Puente Aba, José Antonio Ramos Vázquez, Margarita Roig Torres, Eva María Souto García, Carlos Suárez-Mira Rodríguez, Carmen Tomás-Valiente Lanuza, Inmaculada Valeije Álvarez, Fernando Vázquez-Portomeñe Seijas, Clara Viana Ballester, Catalina Vidales Rodríguez, Tomás Salvador Vives Antón

  • La Reforma del Código Penal de 2015 comporta cambios intensos y extensos del Código Penal. No se trata solo de la introducción de la pena de prisión permanente revisable, sino también de la transformación de las reglas penológicas, del régimen de suspensión, sustitución, libertad condicional, antecedentes penales, comiso ampliado ... Se trata también de la supresión formal de las faltas, que pasan ahora a ser calificadas como delitos leves. Y de una profunda revisión del modelo de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Pero los cambios en el Libro II son igualmente de enorme calado. Basta mencionar algunos de gran significación, como homicidio y asesinato; delincuencia sexual; detenciones y secuestros; y gran parte de los delitos contra la libertad sexual. A todo ello hay que añadir las radicales modificaciones de los delitos patrimoniales y socioeconómicos (hurtos, robos, estafas, administración desleal genérica, insolvencia punible, propiedad intelectual, propiedad industrial, y daños). La reforma alcanza también a otras muchas materias, como son los delitos contra la Administración Pública, la de Justicia, salud pública, medio ambiente, atentado y resistencia, etc. Realmente estamos ante un nuevo Código Penal, cuya entrada en vigor se ha adelantado al 1 de Julio de 2015.


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