Mediante la Disposición Final primera de la Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, se introduce en la Ley de Enjuiciamiento Civil el art. 447 bis, con la rúbrica “Especialidades para la tramitación de los recursos contra las resoluciones que agoten la vía administrativa dictadas en materia de propiedad industrial por la Oficina Española de Patentes y Marcas”. Con esta reforma legal se traslada al ámbito de la jurisdicción civil un trámite procesal que hasta ese momento se encontraba en el campo de la jurisdicción contencioso-administrativa. El propósito de este trabajo es reflexionar sobre las consecuencias que ese cambio en el orden jurisdiccional tiene en el objeto del proceso y en otras cuestiones relacionadas
Organic Law 7/2022, of 27th of July, introduced Article 447 bis into the Civil Procedure Act, under the heading ‘Specialities for appeals against final decisions issued in industrial property matters by the Spanish Patent and Trademark Office’.
With this legal reform, a procedure that until then belonged to the contentiousadministrative branch of the Spanish jurisdiction, was relocated to the civil branch.
The aim of this paper is to analyse the consequences that this change of the jurisdictional branch has on the subject matter of the process and on other related issue
© 2001-2025 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados