En la presente ponencia se analizan resoluciones que puede dictar el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, poniendo fin al procedimiento que tramita. Así, se concretan los momentos en que pueden dictarse esas resoluciones, y cuáles son los requisitos y contenido que deben tener. Para ello, en primer lugar, se establecen los supuestos en que el proceso termina de manera normal o anormal, identificando el tipo de resolución que debe dictarse en ese momento. Al respecto, hay que indicar que las resoluciones que pueden dictarse son sentencias o decisiones. Nuestro primer objetivo fijar con claridad en qué casos se dictan unas u otras. Después, se concreta el contenido y los requisitos que debe cumplir cada una de esas resoluciones.
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