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Resumen de Pensión de jubilación reconocida y solicitud de dejarla sin efectos: ¿un supuesto de renuncia de derechos prohibida?

Yolanda Cano Galán

  • Procede dejar sin efecto una resolución de reconocimiento de pensión de jubilación a un beneficiario que lo solicita «inmediatamente después» del reconocimiento de la pensión, a la vista de la cuantía que le ha sido reconocida, y con la intención de solicitarla en el futuro cuando le sea económicamente más interesante, al no tratarse de una «renuncia abdicativa unilateral» prohibida por el art. 3 LGSS.


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