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Papeles del Psicólogo es una revista científico-profesional, cuyo objetivo es publicar revisiones, meta-análisis, soluciones, descubrimientos, guías, experiencias y métodos de utilidad para abordar problemas y cuestiones que surgen en la práctica profesional de cualquier área de la Psicología. Se ofrece también como foro para contrastar opiniones y fomentar el debate sobre enfoques o cuestiones que suscitan controversia.

PAPELES DEL PSICÓLOGO
  • Director: Serafín Lemos Giráldez
  • Última difusión: Enero 2024
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Papeles del Psicólogo, 1987. Vol. (30).




EL CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGIA, PSICOLOGIA Y SOCIOLOGIA JURIDICA: CUESTIONES CONJUNTAS

MARIA JOSE CATALAN FRIAS

Representante de la Delegación de Madrid del Colegio Oficial de Psicólogos en este Congreso, celebrado en Alicante del
28-
31 de Octubre de 198
6.

El desarrollo en España de la Criminología, la Sociología y la Psicología Jurídicas es en la actualidad muy desigual. Este desarrollo se encuentra en algunas de sus áreas a remolque de la expansión conseguida en otros países. Cabe destacar en este sentido la influencia de países anglosajones, especialmente Estados Unidos en el campo de la Psicología Jurídica, y de países como Francia e Italia en el estudio de la Criminología y Sociología Jurídica con el auge en concreto de la Criminología Crítica.

La Universidad de Alicante al celebrar este Congreso pretendía que los profesionales relacionados con estas disciplinas comunicaran el estado actual y su futura evolución, así como los pasos que hubieron de dar para alcanzar el desarrollo presente de cada una de las mismas; y lo que es más importante, bajo nuestro punto de vista, las cuestiones de estudio conjunto de las tres ramas. La Universidad de Alicante se hizo eco de una demanda tanto de profesionales como de estudiantes, de aunar los esfuerzos de estas materias en una visión más global e interdisciplinar de las mismas, ya que todas ellas tienen mucho que aportar y que aprender unas de otras. De hecho esta Universidad hizo el gran esfuerzo de convocar a ponentes relevantes de las tres áreas de estudio tanto españoles como extranjeros y convocó como asistentes a profesionales de campos como el Derecho, la Criminología, la Sociología, la Psicología y la Psiquiatría.

A pesar de que las bases para la celebración de este Congreso estaban en la línea de un mejor entendimiento y un trabajo conjunto entre los profesionales de cada una de las disciplinas, en la práctica hubo algunas dificultades de entendimiento entre las mismas. Estas dificultades podrían resumirse en los siguientes puntos: 1) Que cada ponente se ciñese al trabajo concreto de su especialidad sin existir de alguna manera el intento por incluir al resto de las disciplinas; esto trajo consigo que los diálogos post-conferencia se limitasen a esa materia concreta. 2) La dificultad de comprensión del argot propio de cada ciencia; utilizar el lenguaje específico por parte de los profesionales en cada una de las disciplinas corta la comunicación interprofesional. 3) Se sumaron a estas dificultades, en algún caso, la no comprensión idiomática del italiano en el que se leyeron algunas conferencias.

En otro orden de cosas sentimos que no hayan sido publicadas las ponencias del Congreso, ya que hubiésemos ampliado con ellas el fondo documental a disposición de los colegiados interesados en su consulta. De cualquier forma las conferencias que se dieron fotocopiadas están a disposición de los colegiados que quieran consultarlas.

Centrándonos ya en el contenido específico del Congreso, el programa que se desarrolló fue el siguiente:

- R. Treves: La sociología del derecho, hoy.

- M. Kaplan: Supuestos y dimensiones Psicosociológicas en los sistemas judiciales.

- A. Baratta: La criminología crítica y sus revisiones.

- F. Munne: La intervención psicológica en el sistema de justicia.

- Mesa redonda sobre Sociología Jurídica.

- G. Kaiser: La criminología hoy: cuestiones fundamentales y tendencias de desarrollo.

- V. Ferrari: Las funciones sociales del derecho.

- J. Bustos: La criminología crítica y sus relaciones con el derecho penal actual

- J. Seoane, F. Jiménez Burillo y A. Garzón: Contexto social y sistema judiciales.

- Mesa redonda sobre Psicología Jurídica.

- A. Arnaud: Derecho estatal y sistemas jurídicos en concurrencia.

- A. García-Pablos: La resocialización.

- Mesa redonda sobre Criminología.

- T. S. Vives: Métodos de prognosis criminal

- Conclusiones.

De las ponencias anteriores pasamos a resumir a continuación los puntos fundamentales sobre los que versaron las conferencias de Kaplan, Munné, Jiménez Burillo, Seoane y Garzón, por entender que pueden despertar mayor interés entre los profesionales de la psicología.

I. M.F. KAPLAN: SUPUESTOS Y DIMENSIONES PSICOSOCIOLOGICAS EN LOS SISTEMAS JUDICIALES

Kaplan centró el desarrollo de su conferencia alrededor de dos bloques temáticos: los roles de los psicólogos en el campo jurídico y los modelos teóricos de toma de decisiones judiciales.

Se puede afirmar que son dos los roles fundamentales que tiene que desempeñar el psicólogo en el área de la psicología jurídica. El primero sería el rol de investigador, donde el psicólogo tiene que comprobar experimentalmente aspectos concretos de este área; y el segundo el rol de informador, en el que tiene que comunicar sus hallazgos y conocimientos. Estos roles se comparten por los psicólogos procedentes de tres especialidades de la psicología: los psicólogos sociales, los psicólogos clínicos y los psicólogos del aprendizaje y la memoria. En este punto hay que hacer referencia a la escasez de psicólogos especializados en el tema concreto de la psicología jurídica, como consecuencia de lo cual, se dedican a ella profesionales de estas tres especialidades.

Debido a que a la psicología jurídica se dedican especialistas de otras áreas, encontramos que los temas concretos sobre los que un psicólogo trabaja dentro de la relación psicología-derecho están determinados, a menudo, por la formación que ha recibido dentro de su especialidad. De esta forma vernos que los psicólogos clínicos tienden a estudiar cuestiones de derecho forense, en concreto se dedican al tema del peritaje; los psicólogos de los procesos de aprendizaje y memoria estudian cuestiones como la percepción y memoria en los testigos y en los jurados; y los psicólogos sociales tratan con cuestiones de toma de decisiones del jurado y las relaciones de interacción entre los miembros del mismo. En este sentido hay tres divisiones de la psicología legal, dependiendo del campo de la psicología en el que el científico recibió entrenamiento.

En cuanto a los modelos teóricos de toma de decisiones judiciales hay que reseñar la variedad de los mismos, pero en esta diversidad se puede encontrar como factor común la idea de que las decisiones judiciales se toman en base a la información acerca de la persona o el tema juzgado, y el proceso cognitivo que ésta información conlleva.

Kaplan ha estado trabajando con un modelo concreto de toma de decisiones: La Teoría de la Integración de la Información. Este modelo analiza la torna de decisiones a través del proceso de cómo se percibe, evalúa, pesa y por último, se combinan los ítems separados de la información a la hora de tornar una decisión.

Por último analizó los temas del sesgo del jurado y los experimentos de laboratorio abundando en el problema de la generalización.

II. F. MUNNE: LA INTERVENCION PSICOLOGICA EN EL SISTEMA DE JUSTICIA

Munné comenzó su conferencia con una breve exposición histórica de esta rama de la psicología a nivel mundial, recalcando la especial importancia que en el desarrollo de este área tienen los países anglosajones, y señalando los momentos claves de la entrada de esta disciplina en España.

Al conectar el derecho y la psicología se generan tres áreas básicas de intervención: 1. Socialización legal: donde se estudian temas como las actitudes jurídicas, las pautas correctas-incorrectas, el proceso moral del sujeto, etc. 2. Proceso judicial: donde se integran desde la selección y toma de decisiones del jurado, hasta temas como la identificación y los testimonios oculares. 3. Procedimiento criminal del jurado: en la que se incluyen temas como el de las penas y la reinserción. A través de este análisis resaltó la naturaleza social de la psicología jurídica, ya que esta se centra básicamente en los procesos de interacción.

El análisis del desarrollo de la psicología jurídica en los países anglosajones muestra una serie de excesos cometidos en estos países en esta materia que se podrían resumir en los siguientes puntos:

1. Una sobreenfatización de los aspectos penales. los trabajos de la psicología jurídica se han centrado con demasiada frecuencia en los aspectos criminales dejando a un lado los aspectos civiles del derecho.

2. Gran preocupación por una institución en concreto: el jurado. Dentro de ella se han generado un gran número de estudios alrededor de la toma de decisiones y deliberaciones.

3. Con respecto a la metodología, padece un sesgo que le aparta de la realidad, esto es, las investigaciones que se llevan a cabo en este campo se hacen mediante el método de simulación, cuestionándose la validez que pueden tener al generalizarse los resultados. Por ejemplo dentro del estudio de toma de decisiones las investigaciones son típicamente realizadas con estudiantes universitarios, generalmente de psicología, que en la mayoría de los casos saben que las decisiones que tomen no van a tener efecto.

4. Exceso de deformación profesional en el sentido de que los psicólogos consideran que la legalidad no proviene exclusivamente de las leyes que dictamina el derecho.

Para combatir estos excesos habría que intentar aunar los esfuerzos de las dos ciencias: la colaboración entre ambas es indispensable para eliminar dificultades y obstáculos. Habría que superar el carácter cerrado de la nomenclatura del derecho que dificulta la comunicación con la psicología; y acercar los planes de estudio de ambas y sus escalas de valores. Podría ser interesante que los juristas determinasen qué campos convendría que investigasen los psicólogos.

Sin que exista una colaboración entre las Instituciones, Facultades, Colegios Profesionales, etc., de Psicología y Derecho, la psicología jurídica tendrá más de proyecto que de realidad y encontrará muchas trabas en su desarrollo. Por esta razón se debe fomentar que los planes de estudio incluyan alguna materia de la otra ciencia para así sensibilizar a los estudiantes. Hay que reivindicar la psicología del derecho en el tercer ciclo y fomentar la realización de tesis doctorales en este campo. Promover conocimientos interdisciplinares con reuniones, cursos, seminarios, etc., e interesar a las instituciones públicas para que se conciencien creando puestos de trabajo y para que financien económicamente su desarrollo.

III. J. SEOANE, F. FIMENEZ BURILLO Y A. GARZON:
CONTEXTO SOCIAL Y SISTEMAS JUDICIALES

Con una serie de datos cuantitativos sobre el número de delitos, número de delitos cometidos por jóvenes, personas en prisión preventiva y cumpliendo condena se inició la conferencia.

Un análisis de la delincuencia común, juvenil y urbana abrió interrogantes sobre las causas sociales que la producen y sus consecuencias. Dentro de estas últimas hay que señalar los aspectos negativos con los que la delincuencia afecta a la sociedad que incluyen aspectos económicos, físicos, psicológicos y sociales. Se apunta que habría que incidir sobre la prevención de la delincuencia y cambiar las soluciones que hasta ahora se han dado a estos problemas sociales ya que no han dado resultado por el momento.

En otro orden de cosas se puntualiza que son dos los grandes bloques en los que se puede dividir la psicología judicial. En el primer bloque se encuentra la dimensión penal-criminológica y en el segundo se analizan los procesos psicológico-sociales que se desarrollan dentro de una sala de justicia en el que destacan los estudios sobre el testimonio y el análisis de jurados.

Dado el carácter social de la psicología jurídica se deberían tener en cuenta tres dimensiones para analizar este campo incipiente: 1) El nivel institucional donde la labor del psicólogo se centraría en el análisis de las consecuencias que puede traer implantar determinadas leyes. 2) El nivel interorganizativo, en el que el psicólogo debe analizar las instituciones que llevan a cabo la justicia; y 3) El nivel psicológico-social en el que se estudiarían todos los procesos de interacción que tienen lugar en este mundo.

El nivel de análisis apuntado anteriormente eliminaría los dos sesgos con los que convive ahora mismo este área, que son: a) el reducir toda la complejidad de los sistemas legales a la sala de justicia y b) el centrarse en los actores del proceso, olvidándose del contexto, del marco legal. A raíz de estos comentarios se analizó la psicología judicial como surgiendo del marco de la sala de justicia. Pero la psicología judicial no se acaba ahí, las posibilidades de desarrollo son múltiples y habría que explorarla, empezando por la dimensión política de esta psicología.

No faltaron apuntes sobre la historia de los jurados y su interpretación social, así como el análisis de los mismos y de la figura del juez, recalcando su importancia social tanto como miembros que forman parte de la sociedad como moduladores de la cultura.

IV. CONCLUSIONES

Tras este breve resumen de los puntos que se desarrollaron dentro de la parte dedicada de forma más específica a la psicología jurídica y dado el carácter interdisciplinar que tuvo este congreso pasamos a enumerar las CONCLUSIONES a las que se llegó al final del mismo, tal y como las vieron los profesores M. Atienza, F. Munné y J. Boix.

I.

1. Manuel Atienza (Departamento de Filosofía del Derecho de la Universidad de Alicante) llegó a elaborar 11 conclusiones que transcribimos a continuación:

1. Tanto criminólogas, como psicólogos, como sociólogos, han tendido hacia la endogamia, dirigiendo sus exposiciones hacia el público concreto especialista en cada área.

2. El fenómeno anterior se detecta en todas las ciencias, por tanto es generalizable.

3. Sería interesante que los profesionales de la psicología y la sociología estudiasen las razones de este fenómeno.

4. A pesar de lo dicho anteriormente, las relaciones entre las tres ciencias son evidentes.

5. El estado actual de las tres disciplinas es distinto:

- La sociología está bien constituida y en equilibrio.

- La criminología padece una crisis de crecimiento.

- La psicología es la que está menos desarrollada, sufre una crisis de nacimiento.

6. A lo largo del Congreso se ha puesto de manifiesto el problema de justificar el castigo y la pena.

7. Opina que la filosofía del derecho podría ser de utilidad a las ciencias jurídicas y por tanto alienta a que se pongan en contacto con ella.

8. Señala el importante desarrollo de la Sociología del derecho en Italia (con el profesor Treves), y en Francia, debido a dos factores:

- Vinculación con la filosofía.

- Vinculación con el derecho.

9. Percibe que la psicología jurídica adolece de grandes carencias: por una parte se limita a un campo temático muy reducido, el jurado, y por otra utiliza una metodología muy limitada, estudios con alumnos de psicología.

Para salir de este callejón propone que se podrían estudiar dentro de la psicología jurídica otras áreas de interés, y pone como ejemplo el estudio de las actitudes de los funcionarios hacia los impuestos.

El profesor Atienza encuentra que el origen del problema de la psicología jurídica está en que no existe una teoría del derecho de la psicología, se está desarrollando de espaldas a los juristas.

10. Propone dos soluciones a los problemas de la psicología jurídica:

- Que la psicología se encamine hacia un mayor contacto con los juristas.

- Que la psicología utilice el modelo de la sociología del derecho, ya que las polémicas que hoy tiene la psicología en este campo fueron las que ayer tuvo la sociología.

11. Todo lo anterior no son críticas destructivas sino constructivas. Cree que antes de tratar las cuestiones conjuntas de las tres disciplinas hay que tratar las cuestiones específicas de cada campo por separado; aunque son muy positivas estas jornadas. Sugiere que se podría crear un Instituto.

II.

Federico Munné (Catedrático de Psicología Social de la Universidad Central de Barcelona) contestó a las conclusiones a las que llegó el profesor Atienza con respecto a los problemas de la psicología jurídica:

Reconoce que la psicología jurídica es la pariente pobre en este área tanto por derechos propios como ajenos. Sugiere que los profesionales dedicados a esta materia deberíamos cuestionamos: Por qué existe una crisis de nacimiento y cómo deberíamos impulsar su estudio.

Reconoce que no hay teoría de la psicología del derecho y que los psicólogos viven de espaldas a los juristas. Hay una incomunicación entre los dos modos de ver el mundo de la Psicología y el Derecho. ¿A quién hay que imputarle la culpa de que esto suceda? En principio no debería haber problemas ya que las dos son ciencias humanas, del comportamiento y sociales. los problemas que van surgiendo entre las dos están generadas por la forma de llevarlas a la práctica. Es consciente de que si un campo no empieza a entender al otro no se llegará a ninguna parte.

III.

Javier Boix Reig (Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Alicante) opina con respecto a su campo de estudio, la Criminología:

Que el Congreso ha estado demasiado centrado en la discusión entre la criminología crítica y la tradicional, pero no se han llegado a plantear preguntas como:

- ¿Cuál es el significado de la criminología?

- ¿Qué papel tiene que desempeñar?

- ¿Cuál debe ser su objeto de estudio?

Es partidario de un análisis interdisciplinar del tema: y propone una reforma de los planos de estudio fundamentalmente dentro del Derecho, dando una mayor relevancia al estudio de la Criminología.

V. MESA REDONDA SOBRE PSICOLOGIA JURIDICA

Por último pasamos a enumerar los títulos y los autores de los estudios que se presentaron en la mesa redonda dedicada a la Psicología Jurídica:

- A. Garzón, M. Herrera y J. Garces: Justicia social justicia de procedimiento y sus dimensiones psicológicas.

- A. Garzón y C. Sapiña: El efecto diferencial del veredicto en la percepción y actitudes judiciales.

- T. Ibáñez Gracia: Aspectos psicosociales de la institución judicial.

- L. Munduate: Dimensiones psicolegales de la intervención de los directivos en los conflictos organizacionales.

- M. Herrera: Un análisis de la conducta de jurados.

- J. Garces y A. Sanfeliu: Poder judicial: un estudio psicológico de la ley orgánica del poder judicial

- A. Martín y A. Rodríguez: Actitudes, creencias e ideologías éticas en los profesionales del ciclo policial-judicial-penal.

- E. Sainz: La simulación de juicios con jurados.

- F. Javaloy: Las sectas ante los tribunales: el papel del psicólogo.

- J. Almenara y A. Fernández: Terapia familiar sistémica y mandato penal- una alternativa en la intervención psicosocial

- J.M. Cornejo: Actitudes y edad en los profesionales del derecho.

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