Estamos ante una ley que discrimina a los hombres adultos por razón de sexo, al excluirlos de la protección y derechos que recoge la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, pues según su artículo 3.2: «La presente ley orgánica es de aplicación a las mujeres, niñas y niños que hayan sido víctimas de violencias sexuales». Se vulnera el derecho a la igualdad por razón de sexo que se reconoce en el artículo 14 de la Constitución. Por tanto, la ley es inconstitucional.
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