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¿Cuándo, si hay una sucesión de empresas, se debe responder del pago de una indemnización por enfermedad profesional de forma solidaria o mancomunada?: (Comentario de la sentencia del TS de 21 de julio de 2022, rec. 244/2019)

  • Autores: Pilar Palomino Saurina
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10161, 2022
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La sentencia del TS de 21 de julio de 2022 determina cuando la condena a varias empresas a indemnizar los daños y perjuicios derivados de una enfermedad profesional debe ser mancomunada, en a tención al tiempo de prestación de servicios del trabajador para cada una de ellas, o solidaria.


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