Gisela María Pérez Fuentes, Karla Cantoral Domínguez
México se encuentra en proceso de implementación del Sistema NacionalAnticorrupción, como parte de este proceso se ha incorporado en la LeyGeneral de Responsabilidades Administrativas las faltas de particulares, esdecir, los actos de personas físicas o morales privadas que estén vinculados confaltas administrativas. En dicho ordenamiento se prevé además la obligacióndel servidor público de presentar su declaración patrimonial, de intereses yfiscal o comúnmente conocida como ley 3 de 3. Se presentan algunos aspectosde cómo se ha involucrado la actividad de los particulares como mecanismo detransparencia y rendición de cuentas, cuando están relacionados con diversosactos de la administración pública. Por otra parte, se ordenó crear el SistemaNacional de Servidores Públicos y Particulares Sancionados, con el propósito deque las sanciones impuestas a servidores públicos y particulares por lacomisión de faltas administrativas y hechos de corrupción, queden inscritasdentro del Sistema y su consulta pueda estar al alcance de las autoridades cuyacompetencia lo requiera, como forma de coadyuvar a mantener la transparenciay rendición de cuentas en un estado democrático de derecho. En este sentido, separte del análisis de los elementos que implican el Sistema NacionalAnticorrupción, desde coordinar, prevenir, controlar y sancionar la actividadde los servidores públicos y en el caso específico de este capítulo, los tipos defaltas en las que pueden incurrir los particulares, tanto en su aspecto individualcomo empresarial, para determinar los criterios de responsabilidad con el ordenpúblico.
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