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Resumen de El prisionero de guerra en la España de la Ilustración: algunas consideraciones sobre su trato

Óscar Recio Morales

  • El trato a los prisioneros de guerra fue un aspecto más del intento de regulación de la guerra en Europa desde la Edad Media. A partir del siglo XVI, la aparición de los grandes ejércitos permanentes y el intento de monopolio de la violencia por parte de los estados en formación aceleraron esta regulación. Pero fue en el siglo XVIII cuando la defensa de los derechos humanos se intensificó y se secularizó progresivamente, gracias al trabajo de los filósofos franceses y la publicación de obras fundamentales como Instituciones políticas (1762) de Jakob von Bielfeld y Dei Delitti e delle pene (1764) de Cesare Beccaria, entre otras. Las siguientes páginas toman como referencia cronológica este largo siglo XVIII para avanzar la siguiente pregunta: ¿en qué medida los escritos de juristas y filósofos europeos –junto a las traducciones españolas y a las producciones propias– influyeron en una nueva concepción del prisionero de guerra y de sus condiciones materiales en España? Con este fin, en la introducción contextualizamos el tema del prisionero de guerra, del que queda todavía casi todo por conocer, a pesar de la evolución de los estudios en torno a lo militar de los últimos años; en la primera parte, Humanidad y barbarie: la manera europea de hacer la guerra, relacionamos la visión de la guerra en Europa occidental con el tratamiento del prisionero; en la segunda parte, La práctica de la razón, examinamos la aplicación concreta de estas ideas entre la oficialidad borbónica española. Para ello hemos seleccionado los dos conflictos anglo-españoles de 1762 y 1779-1783, sobre los que existe una abundante información inédita sobre prisioneros de guerra en los fondos de la Secretaría de Guerra del Archivo General de Simancas. Las conclusiones preliminares avanzan que la oficialidad española compartía con sus colegas europeos de profesión una misma visión teórica sobre el tratamiento de los prisioneros de guerra, si bien pueden observarse algunas especificidades propias en la práctica: en España, la identidad religiosa del prisionero de guerra condicionó su tratamiento, hasta el punto de considerar al «prisionero católico» de origen británico como un recurso para el ejército y la industria del país, dos ámbitos profesionales marcados por un permanente déficit de recursos humanos.


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