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Resumen de La función epistémica del derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa en chile

Felipe Guerra Schleef, Gonzalo Andrés Rafael Sánchez Sandoval

  • español

    Este trabajo argumenta que los derechos de participación indígena constituyen mecanismos fundamentales a través de los cuales los pueblos indígenas pueden participar en la formación de la evidencia durante los procesos de toma de decisiones estatales. Sin embargo, la manera en la que se ha codificando la consulta previa indígena en Chile ha implicado invertir el principio que a este respecto opera a nivel internacional, trasladando la discusión sobre la efectividad de la ocurrencia de una afectación (lo que debiera ser el resultado de la consulta) al momento de la evaluación en concreto de su principal elemento gatillante: la susceptibilidad de afectación directa. Esto ha impedido que este derecho procedimental pueda cumplir con su doble función epistémica: habilitar la participación colectiva de los pueblos indígenas como agentes de conocimientos propios y validos, y operar como un mecanismo de visibilización de impactos para la protección de los derechos indígenas. Sin perjuicio de esto, es posible observar algunos avances jurisprudenciales recientes en que, pese a no cuestionar en términos generales el modelo regulatorio de la consulta previa indígena que se ha desarrollado en Chile, han comenzado ha enfatizar la función epistémica del derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa.

  • English

    In this paper, it is argued that indigenous participation rights constitute fundamental mechanisms through which indigenous peoples participate in the formation of evidence during decision-making processes driven by the State. However, the way in which prior indigenous consultation has been codified in Chile has implied reversing the principle that operates at the international level in this regard, shifting the discussion on the effectiveness of the occurrence of an affectation (which should be the result of the consultation) at the time of the specific evaluation of its main trigger element: the susceptibility of direct affectation. This has prevented this procedural right from fulfilling its dual epistemic function: enabling the collective participation of indigenous peoples as agents of their own and valid knowledge, and operating as a mechanism for making visible impacts for the protection of indigenous rights. However, it is possible to observe some recent jurisprudential advances in which, despite not questioning in general terms the regulatory model of prior indigenous consultation that has been developed in Chile so far, they have begun to emphasize the epistemic function of the rights of indigenous peoples to prior consultation.


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