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De la Sentencia del TS de 25 de septiembre de 2020 al RDL 9/2021. La relación laboral de los repartidores de las empresas de reparto

    1. [1] Universitat Autònoma de Barcelona

      Universitat Autònoma de Barcelona

      Barcelona, España

  • Localización: Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 158, 2021, págs. 11-43
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      En el presente artículo se ha pretendido destacar la importancia de la reciente normativa reguladora de la relación laboral de quienes prestan servicios para las empresas de reparto, subrayando la presunción de laboralidad reforzada que puede extraerse de la puesta en común del nuevo marco legal con la ya existente en el art. 8.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y también con relación al art. 1.1. El punto de partida ha sido el análisis de la trascendental sentencia del Tribunal Supremo de 25 de septiembre de 2020, siguiendo con la historia de la negociación del acuerdo social que, tras varios meses de debates, se ha convertido en el RDL 9/2021. La importancia de la titularidad de la aplicación informática con la que se presta el servicio deviene un elemento esencial en la nueva regulación para reforzar si cabe la presunción de laboralidad que se enmarca en una visión de las relaciones de trabajo donde la flexibilidad organizativa no es incompatible en modo alguno, más bien al contrario, con la existencia de una relación laboral asalariada

    • English

      This article has sought to highlight the importance of the recent legislation regulating the employment relationship of those who provide services for delivery companies, underlining the presumption of reinforced employment that can be drawn from the pooling of the new legal framework with that already existing in art. 8.1 of the Workers’ Statute Law and also in relation to art. 1.1. The starting point has been the analysis of the transcendental ruling of the Supreme Court of 25 September 2020, following the history of the negotiation of the social agreement which, after several months of discussions, has become RDL 9/2021. The importance of the ownership of the computer application with which the service is provided becomes an essential element in the new regulation to reinforce, if possible, the presumption of employment, which is framed in a vision of employment relationships in which organisational flexibility is in no way incompatible, quite the contrary, with the existence of a salaried employment relationship


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