En este trabajo se trata de determinar qué ha de entenderse por perjuicio a los efectos del art. 71 LC, en la acción de reintegración. Existe en este punto diversas opiniones al respecto, que influyen en la extensión de dicha acción de reintegración, esencial para los intereses de los acreedores.
This paper seeks to determine what has to be understood by prejudice to the effects of Section 71 of the Bankruptcy Act on the restitution action. There are at this point various views on the matter that influence the extent of such restitution action, essential to the interests of creditors.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados