Resumen Actualmente, no se discute la vigencia o validez del principio/derecho a la igualdad o, más concretamente, a no ser discriminado. Los desacuerdos parecen centrarse en el alcance de la protección del mismo, especialmente entre privados, y, todavía más específicamente, en los límites de las acciones afirmativas. El panorama en Chile, por su parte, es bastante diferente, pues, si bien es posible afirmar que existen normas expresas e, incluso, instituciones propias del Derecho antidiscriminatorio, la carta fundamental no menciona la discriminación, razón por la cual la protección constitucional se ha llevado a cabo desde el derecho a la igualdad. Sostengo que la ausencia de cláusulas constitucionales de prohibición de discriminación, entendidas como un elemento que considera la pertenencia a ciertos grupos sociales, así como la conceptualización de la discriminación desde la arbitrariedad, generan la convivencia, de manera simultánea, de concepciones diferentes sobre la discriminación, hecho que aleja a Chile del tratamiento comparado habitual de la materia.
Abstract Currently, the validity of the non discrimination right is not disputed. The disagreements seem to focus on the extension of protection, especially between individuals, and, even more specifically, on the limits of affirmative action. The scene in Chile is very different, because while it is possible to assert that exists especific rules and even institutions of antidiscrimination law, chilean Constitution does not mention discrimination, and constitutional non discrimination right has been principally protected through the right to equality. It is argues that the absense of constitutional non discrimination clauses as belonging to disadvantaged social groups recognition and the conceptualization of discrimination as arbitrariness generate different concepts about discrimination that coexist simultaneously and distance to Chile from other legal systems.
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