La licitación colusoria (conocida en inglés como big rigging) es una práctica anticompetitiva especialmente negativa para el interés público. Para tratar de disuadirla, los diferentes ordenamientos jurídicos han ideado soluciones variadas. En España, la autoridad de la competencia ha sostenido que la acomodación de distintos procedimientos concurrenciales de contratación pública constituye «un indicio de tan enorme poder de convicción, que prácticamente priva de eficacia a cuantas explicaciones puedan argüirse sobre la espontaneidad de ese resultado». Se evidencia así la difícil defensa jurídica de los sujetos acusados de coludir en una licitación pública. Sobre esta idea versa precisamente el presente trabajo. En él se lleva a cabo un análisis de esta conclusión a la luz de la per se rule norteamericana, de la doctrina de minimis, de la noción de restricción por el objeto y de las últimas tendencias que se vislumbran en materia probatoria en casos de Bid Rigging.
id Rigging is an illegal practice singularly negative for public interest. To try to dissuade it, the different legal systems have come with several solutions. In Spain, the national competition authority has affirmed that the accommodation of different concurrent public procurement procedures is «an indication of such enormous power of conviction, which practically deprives how many explanations can be argued about the spontaneity of that result». This, among other aspects, point out that the legal defense of the subjects accused of a collusive tendering is complicated. Thus, this paper develop this conclusion by analyzing the American per se rule, the de minimis doctrine, the notion of restriction by the object and the latest trends in the field of evidence in Bid Rigging cases.
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