El secreto profesional del informador constituye un recurso de orden jurídico y ético para difundir informaciones de interés público que de otra suerte permanecerían en la sombra. Tal instrumento normativo no pretende brindar privilegios o corazas contra la impunidad a los reporteros para favorecerles en sus intereses personales, sino prerrogativas encauzadas a ampliar el derecho a saber y así beneficiar la calidad de la información.
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