El presente trabajo analiza la cooperación económica del Estado portugués con la Iglesia Católica, tras la entrada en vigor del Concordato de 18 de mayo de 2004, que sustituyó al Concordato de 7 de mayo de 1940 por no adaptarse éste ni a la realidad portuguesa, ni a la de la Iglesia. Con este Concordato las ayudas económicas se concedían a la Iglesia como indemnización por las expoliaciones y confiscaciones que sufrió en el pasado. Las actuales formas de cooperación se asimilan a las reguladas por la Ley 16/2001, de 22 de junio, de Libertad Religiosa para el resto de las confesiones religiosas radicadas en Portugal, en búsqueda de la igualdad, y su fundamento se encuentra en la función social, en relación con la libertad religiosa, que cumple la Iglesia Católica y sus entes.
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