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Constitucionalismo social como democracia económica. Una relectura de la Constitución de Weimar a la luz del aporte de Hugo Sinzheimer

    1. [1] Universidad de Buenos Aires

      Universidad de Buenos Aires

      Argentina

  • Localización: Historia constitucional: Revista Electrónica de Historia Constitucional, ISSN-e 1576-4729, Nº. 19, 2018, págs. 565-591
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Social constitucionalism as economic democracy. A reinterpretation of the Weimar Constitution in the light of Hugo Sinzheimer's contribution
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Este artículo tiene como objetivo revisar el trabajo de la Asamblea Nacional de Weimar y en particular el de uno de sus diputados, Hugo Sinzheimer, a fin de reinterpretar el alcance del tipo de constitucionalismo social que se diseñó en la Alemania de 1919. Se parte del supuesto de que el trabajo de la Asamblea Nacional de Weimar en lo que refiere al diseño de un modelo de Estado social y la inclusión de nuevos derechos sociales no ha recibido demasiada atención de la academia porque sigue predominando, en gran medida, una lectura de la Constitución de Weimar como la de una Constitución "fallida". A partir, entonces, de un análisis de las transcripciones de los debates de la Asamblea Nacional de Weimar y en particular de la comisión constitucional, se busca reinterpretar el alcance de las disposiciones diseñadas a la luz del aporte del diputado socialdemócrata Hugo Sinzheimer a la Asamblea. Este análisis permite concluir que el tipo de constitucionalismo social en el que innovó la Asamblea Nacional de Weimar merece ser reinterpretado a partir de la idea de democracia económica, que subyace a las disposiciones principales de la sección económica de la Constitución y que proviene del pensamiento de Sinzheimer sobre el derecho laboral.

    • English

      This article deals with the work of the Weimar National Assembly and in particular Hugo Sinzheimer´s one, in order to reinterpret the type of social constitutionalism that was designed in 1919. It is based on the assumption that role of the Weimar National Assembly in regard to the design of a model of social state and the inclusion of new social rights has not received much attention from the academy because a reading of the Constitution as a "failed" one prevails. From a detailed analysis of the transcripts of the debates, the aim is to reinterpret the scope of the social provisions designed, especially, those made by Hugo Sinzheimer. This analysis leads to the conclusion that the type of social constitutionalism in which the Weimar National Assembly innovated could be interpreted on the basis of the idea of economic democracy, which is behind to the main provisions of the economic section of the Constitution and that is connected with Sinzheimer's ideas about labour law.


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