José Javier Pérez-Fadón Martínez
El Tribunal Supremo suspende el procedimiento de un recurso de casación interpuesto por una empresa del sector «compro oro», para presentar ante el Tribunal de la Unión Europea la siguiente cuestión prejudicial:«Si la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y el principio de neutralidad fiscal que de aquella Directiva deriva, así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que la interpreta, se oponen a una normativa nacional con arreglo a la cual un Estado miembro puede exigir el pago de un impuesto indirecto distinto del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a un empresario o profesional por la adquisición a un particular de un bien mueble (concretamente oro, plata o joyería) cuando: (...)»
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