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Resumen de Cuestiones controvertidas del nuevo procedimiento de recuperación de ayudas de Estado

José Miguel Martín Rodríguez

  • El régimen de control de las ayudas de Estado (actualmente contenido en los artículos 107-109 del TFUE) constituye un instrumento fundamental para garantizar el funcionamiento del mercado único, evitando que los Estados puedan falsear la competencia favoreciendo a determinados sectores o empresas. Una de las principales novedades introducidas en la LGT a través de la reforma operada por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, es la introducción de un nuevo Título VII (artículos 260 a 271) dedicado por completo a la controvertida cuestión de la recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario. Como explica acertadamente el preámbulo de la reforma, la introducción de este nuevo Título responde a la necesidad de contemplar en nuestra normativa interna un procedimiento para la recuperación de las ayudas de Estado con origen en una Decisión de la Comisión Europea que exige la misma. En este trabajo vamos a abordar en primer lugar qué cuestiones conflictivas pretende solucionar este nuevo Título VII de la LGT como la misma ausencia de procedimiento, los diferentes plazos de prescripción o los recursos contra la decisión de recuperación. Finalmente, de forma breve esbozaremos las principales particularidades de los dos nuevos procedimientos que integran este título destacando especialmente sus diferencias respecto a otros procedimientos de nuestro ordenamiento.


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