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Resumen de Tecnovigilancia, geolocalización y datos: aspectos procesales penales

Eloy Velasco Núñez

  • El presente artículo aboga por el reconocimiento de lo que podríamos denominar derecho a no estar localizado de manera continua, a través de la afectación que a esa especial protección del dato personal automatizable (art. 18.4 CE) realizan tanto la geolocalización como la tecnovigilancia continuada en el tiempo, que suponen claras ingerencias en la privacidad del investigado penal que obligan a fijar determinadas garantías y cautelas que mantengan en equilibrio la seguridad y la libertad en un sistema democrático.


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