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Resumen de Maternidad como causa de victimización de la mujer en los espacios laborales

Velia Patricia Barragán Cisneros

  • En 1917 se elevó a rango constitucional el derecho de la mujer al trabajo remunerado y el derecho de la mujer trabajadora a la maternidad, en respuesta a las demandas de justicia social devenidas de la revolución mexicana de 1910 y como reconocimiento a su capacidad e igualdad jurídica frente al varón. Sin embargo, la mujer gestante no ha alcanzado, en los hechos, la reivindicación de sus derechos, debido a prácticas ilegales toleradas por el Estado que la vuelven víctima fácil de la discriminación laboral y del maltrato pues es injustamente despedida del empleo especialmente en las empresas trasnacionales cuyo fin único es la productividad sin consideración a la función biológica natural de la mujer como perpetuadora de la especie, que no demerita su derecho a la vida laboral. Los empresarios indemnizan en los términos de la Ley a las mujeres que llegan a embarazarse, cuyos contratos son rescindidos -sin importar que el sistema oficial de seguridad social se subrogará en las obligaciones económicas del patrón- y a quienes ninguna otra empresa u organización contratará por el evidente estado de gravidez, dejando subsistente la violación a sus derechos fundamentales.


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