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Tribunal de Justicia de la Unión Europea - TJUE - Sentencia de 26.2.2013 (Gran Sala) - Aklagaren y Hans Akerberg Fransson, asunto C-617/10, "Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Ámbito de aplicación - Artículo 51 - Aplicación del derecho de la Unión - Artículo 50 - Principio non bis in idem". La confirmación del ámbito de aplicación de la Carta y su interrelación con el estándar de protección

  • Autores: Sara Iglesias Sánchez
  • Localización: Revista de Derecho Comunitario Europeo, ISSN 1138-4026, Año nº 17, Nº 46, 2013, págs. 1157-1175
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El presente asunto concierne la aplicación del principio non bis in idem en relación con la acumulación de sanciones penales y recargos fiscales con motivo de una infracción de la normativa relativa a la recaudación del IVA. La Sentencia del TJUE supone un pronunciamiento importante en relación a la interpretación del ámbito de aplicación de la Carta, confirmando la jurisprudencia anterior, pronunciada en relación a los principios generales. Por otra parte, y junto con la sentencia del mismo día en el asunto Melloni, el TJUE la Sentencia contribuye a la creación de un marco de cooperación y coexistencia con los estándares nacionales de protección, en las situaciones en las que, a pesar de situarse en el ámbito de aplicación del derecho de la Unión, no se encuentren absolutamente determinadas por este. Finalmente, en relación con el principio non bis in idem, este asunto supone también la confirmación del estándar adoptado por el TEDH.

    • English

      This case concerns the application of the non bis in idem principle of the Charter with regard to the accumulation of criminal sanctions and tax surcharges applicable to a violation of the national rules concerning the VAT. The judgment of the ECJ is an important pronouncement regarding the interpretation of the scope of application of the Carter, which confirms the previous line of case law with regard to the scope of application of fundamental rights as general principles. On the other hand, and together with the judgment in the case Melloni issued the same day, it contributes to the creation of a framework of cooperation and coexistence with national standards of protection in situations which, despite falling within the scope of application of EU law, are not completely determined by it. Finally, with regard to the ne bis in idem principle, this case entails also the confirmation of the standard of protection adopted by the ECHR.


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