La reforma de la competencia desleal llevada a término en España en el año 2009 merced a la transposición de la Directivas 2005/29/CE y 2006/114/CE, sobre prácticas comerciales desleales y publicidad engañosa y comparativa, ha trastocado algunas de las bases fundamentales sobre las que se sustentan las relaciones jurídicas de empresarios con consumidores y minoristas, lo que constituye la base de un mercado transparente, operativo y eficiente. La regulación de las prácticas comerciales desleales remueve e incide transversalmente en la regulación, aplicación e interpretación de las normas sustantivas sobre la contratación de consumo y del comercio minorista, así como la publicidad e información de empresarios y profesionales. La interconexión y comunicación entre normas competenciales y la normas contractuales a través de la lealtad contractual, el principio de la buena fe, la información, la publicidad y las prácticas no consentidas en su relación con las cláusulas abusivas permiten hablar de un nuevo enfoque general con consecuencias en el funcionamiento de un mercado de bienes y servicios más eficiente y transparente. En el reconocimiento del nuevo e importante papel a usos y prácticas comerciales en la contratación privada en nuestro ordenamiento es imprescindible una adecuada traslación de herramientas extraídas del derecho contractual europeo.
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