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Resumen de La subcontratación empresarial. Hacia un nuevo modelo de contratación

José Luis Monereo Pérez, Carolina Serrano Falcón

  • El tema central de esta investigación es el análisis de la subcontratación empresarial como modalidad específica de la descentralización productiva. La subcontratación empresarial es mucho más amplia desde un punto de vista económico que desde el ámbito jurídico, siendo su regulación dispersa y muy limitada; regulación que se encuadra principalmente en el artículo 42 ET, que contiene básicamente un sistema de distribución de responsabilidades en materia salarial y de Seguridad Social (en materia de prevención de riesgos está prevista en la LPRL), así como el reconocimiento de los derechos de información de los representantes de los trabajadores en estos supuestos de subcontratación.

    Pero dicha regulación no contiene - ni en el artículo 42 ET, ni en ningún precepto o normativa de nuestro ordenamiento jurídico - una regulación completa de las contratas y subcontratas, como sí se hace con otro supuesto en el que se da de igual modo una relación triangular: las empresas de trabajo temporal. A esta falta de regulación se suma la falta de determinación de numerosos aspectos del artículo 42 ET debida a la ausencia de desarrollo reglamentario del precepto. La cuestión de fondo reside en determinar si la normativa existente en nuestro ordenamiento se adapta a la realidad del fenómeno y a las exigencias de su regulación y control.

    Se comprobará que es necesario diseñar un marco legal adecuado que establezca las garantías pertinentes. Hasta el momento, la opción legislativa ha consistido en mantener la incertidumbre, la confusión, los aspectos oscuros del precepto y lo más grave, contribuir a mantener la dualidad de estatutos jurídicos de trabajadores de primera en la empresa principal, y trabajadores de segunda en la auxiliar.


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