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Resumen de Los criterios de imputación de la responsabilidad penal de los entes colectivos y de sus órganos de gobierno (arts. 31 bis y 129 CP)

Silvina Bacigalupo Saggese

  • En la línea anunciada en el Diario Especial dedicado a la reforma del Código Penal, se inicia con este artículo de doctrina los trabajos dedicados a la exposición sistemática y analítica de los diversos aspectos relevantes de la nueva legislación penal. En particular, el presente artículo expone una de las reformas más significativas de la Parte general del Código Penal (LO 5/2010, de Reforma del Código Penal, de 22 de junio): la introducción de los entes colectivos como sujeto del Derecho penal. La nueva situación legal tras la incorporación del art. 31 bis CP y la nueva redacción del art. 129 CP modifica �a partir de su entrada en vigor el próximo 23 de diciembre de 2010� sustancialmente el escenario jurídico de las empresas y sus órganos de gobiernos y directivos por la posible imputación de delitos de los que la empresa resultará responsable en el orden penal.


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