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Resumen de El principio de fiabilidad del sistema legal: (STS, Sala 3.ª, 14 de julio de 2010)

Isaac Ibáñez García

  • Cuando se interpone una acción de responsabilidad patrimonial contra la Administración, como consecuencia de la declaración de una norma como contraria al ordenamiento jurídico, la Administración suele parapetarse, en su defensa, en la excepción consistente en que el actor no ha solicitado la rectificación de sus autoliquidaciones fiscales o que no ha impugnado en tiempo los actos administrativos de liquidación, por lo que NO existe una relación de causalidad directa entre la infracción de la obligación que incumbe al Estado y el daño sufrido por el particular, pues tal relación de causalidad ha de entenderse rota por el hecho de que el reclamante no agotara los recursos administrativos o judiciales frente a la liquidación tributaria practicada. Ésta ha sido y es una cuestión muy discutida en España.


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