La concurrencia de varios seguros que cubren los diferentes riesgos de daños que pueden sobrevenir en torno a una vivienda (impuestos por la ley o voluntarios, de daños o de responsabilidad civil, del promotor, comunitarios o del propietario), origina complejas relaciones entre las diferentes aseguradoras cuando se produce un daño en un edificio. El ámbito y la eficacia de los seguros concertados en cada caso debe ser delimitado cuidadosamente, atendiendo a la regulación de las acciones directas y subrogatoria previstas en la legislación, con atención especial a las hipótesis de sobreseguro y seguro múltiple.
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