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Derechos de adquisición preferente en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y la biodiversidad

  • Autores: María Ángeles Parra Lucán
  • Localización: Nul: estudios sobre invalidez e ineficacia, ISSN-e 1699-3500, Nº. 1, 2009
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y la biodiversidad, regula con gran amplitud el derecho de tanteo y retracto que corresponde a la Administración sobre los espacios naturales protegidos, por considerar que la planificación y gestión pública de los espacios naturales no son instrumentos suficientes para garantizar los fines de conservación que el legislador aspira a conseguir. Se trata, además, de evitar la aplicación en ese ámbito de una interpretación restrictiva que la jurisprudencia suele mantener en relación con los derechos de adquisición preferente, en cuanto restricciones a la libertad de disposición.


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