El Derecho de Familia en Chile ha experimentado una completa revisión en términos que todos los principios que lo informaban en la época de codificación decimonónica han sido sustituidos por unos nuevos, en muchos casos por uno radicalmente distinto. De este modo, este ámbito de la regulación civil se construye sobre premisas diversas que fuerzan a mirar, desde una perspectiva global, el estado en el que ha quedado la familia en el ordenamiento jurídico. El trabajo que se propone efectúa, en un primer tiempo, una revisión de la forma en que ellos han sido modificados incluso suprimidos en él. Así, el Derecho de familia ha variado de aquel contenido en la regulación original del Código de Bello del siguiente modo: a) de un matrimonio religioso e indisoluble se ha pasado a uno civil y disoluble; b) de la incapacidad relativa de la mujer casada en sociedad conyugal a su plena capacidad; c) de la administración unitaria y concentrada en el marido de la sociedad conyugal a una administración sujeta a límites; d) de la patria potestad exclusiva del padre quien gozaba de poderes absolutos en su ejercicio a una patria potestad que puede ser compartida; e) de la filiación legítima, hoy matrimonial, fuertemente favorecida a la igualación de los hijos matrimoniales y no matrimoniales; g) de la inmutabilidad del régimen patrimonial existente entre los cónyuges a su mutablidad. Sólo subsiste, entonces, de las antiguas características, la administración del marido en el régimen de sociedad conyugal aunque sea difícil predecir hasta cuándo atendida la iniciativa legal en trámite tendiente a sustituir la sociedad conyugal por un nuevo régimen matrimonial que permita a la mujer la administración de sus bienes. En un segundo tiempo, el trabajo analiza los fundamentos de la transformación antes descrita resaltando cómo todas esas reformas han estado presididas por el afán de consagrar la libertad, la igualdad y la equidad de las relaciones entre las familia. De este modo, las líneas rectoras que han orientado toda la evolución del Derecho de familia chileno coinciden con las que, en general, han presidido las reformas efectuadas en el Derecho comparado a la regulación de la familia. Todo lo anterior determina que los derechos de cada uno de los miembros han sido paulatinamente reforzados en términos que la situación de aquellos que se estiman más débiles ha resultado notablemente mejorada. Con todo, esa perspectiva centrada en la preservación de los intereses individuales puede plantear problemas futuros que el Derecho chileno debe tener en cuenta en su futuro desarrollo y que el trabajo deja debidamente planteados. En conclusión, el estudio efectúa una revisión sintética y global del Derecho de familia resaltando sus avances como sus problemas, en un esfuerzo por contribuir a su evolución futura en términos que pueda cumplir adecuadamente con su función de tutela del primer ámbito de desarrollo de la persona.
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