En este artículo la autora analiza los supuestos en que resulta conflictiva la preceptiva asistencia letrada y la representación por medio de Procurador en los diversos procesos de ejecución y en los incidentes que se suscitan en su seno. La parquedad del art. 539.1 de la LEC deja sin respuesta infinidad de cuestiones que van a ser objeto de estudio y resolución en las siguientes líneas.
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