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Resumen de El menor como sujeto de derechos: base para un modelo de responsabilidad penal.

Lina Mariola Díaz Cortés

  • La distinción entre el menor y el adulto, que hoy en día reconocemos, fue resultado de un proceso histórico. Solo hasta finales del siglo XIX se formalizaría la necesidad de establecer una jurisprudencia diferente. En la búsqueda de reafirmar tal distinción se predicó la "autonomía" de la disciplina derecho penal juvenil, lo que condujo al mantenimiento de un modelo protector. En reacción de tal proceso, hoy se habla de una "ciudadanía del menor" para significar su categoría de persona y, por ende, de "sujeto de derechos", constituyéndose en un concepto del que debe partir cualquier discusión en torno al menor infractor.


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