Ante la cantidad de procedimientos ejecutivos de elevada cuantía que se están incoando en los últimos meses, es conveniente para todos los profesionales del derecho volver a recordar la normativa que introdujo la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo así como el límite cuantitativo existente a la hora de autoliquidar la cuota tributaria.
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