Paridad electoral en Francia

  • Pierre Subra de Bieusses
Palabras clave: Principio de igualdad, Igualdad efectiva entre hombres y mujeres, Cuotas electorales, Acción positiva, Democracia paritaria

Resumen

Según estadísticas oficiales ofrecidas por la Unión Interparlamentaria, Francia ocupa el puesto 83, de un total de 135 países, por lo que respecta al porcentaje de mujeres en las cámaras legislativas bajas y el puesto 23, de un total de 27 países, por lo que respecta a la representación femenina en la Unión Europea ¿Cómo se pueden justificar tan pobres resultados cuando la ley electoral francesa impone la paridad obligatoria en la composición de las listas electorales? A pesar de los evidentes aspectos positivos que presenta el actual cuerpo legislativo regulador de la cuestión de la representación femenina en política en Francia, éste no deja de plantear numerosos problemas sin solución: (i) ya sea porque algunas de las soluciones que ofrece no resultan ser eficaces, (ii) ya sea porque algunas de las reformas indispensables que exige no pueden ser realizadas de forma efectiva en un futuro próximo. En efecto, el régimen actual de legislación francés en materia electoral no contiene ningún tipo de medidas o disposiciones reguladoras para buena parte de las cuestiones esenciales. La constatación de estas insuficiencias y lagunas evidencia la necesidad lógica de emprender nuevas reformas. Sin embargo, parece que dichos cambios, si bien necesarios, resultan difícilmente aplicables puesto que el sistema electoral actualmente en vigor en Francia no resuelve en absoluto el problema de la paridad electoral para la gran mayoría de los municipios franceses. Para poder avanzar hacia un mayor respeto del principio de paridad en Francia, será necesario tratar de reforzar la eficacia de las sanciones pecuniarias que se les aplican a los partidos políticos. Sin embargo, la posición mantenida por el legislador no incita al optimismo.

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Publicado
2008-10-15
Cómo citar
Subra de Bieusses P. . (2008). Paridad electoral en Francia . Anuario de Derechos Humanos. Nueva Época, 9, 527-545. https://revistas.ucm.es/index.php/ANDH/article/view/ANDH0808110527A
Sección
Artículos